Esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la solicitud presentada por la ciudadana SILVIMAR JOSE MARTINEZ ADRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V.-15.675.979, respecto de la solicitud de nombramiento de Curadora Ad-hoc en beneficio de sus hijos, "Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", de 13 y 6 años de edad respectivamente. SEGUNDO: Se nombra CURADORA AD-HOC de los mencionados hermanos, a la ciudadana MARITZA DEL VALLE ADRIAN LEON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 9.303.610. TERCERO: Certifíquese copias de las presentes actu.....