Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado CARACCIOLO ENRIQUE QUINTERO LEAL, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 57 años de edad, fecha de nacimiento 01-12-1958, casado, de profesión u oficio mecanico y vendedor de queso, cedula de identidad N° V- 5.844.058, hijo de GONZALO ACICLO QUINTERO (D) y de CLARA LUCIA LEAL MENDEZ DE QUINTERO (V), residenciado en La Gran Parada, frente al comando de los policías de Besarabia, casa 31B-52, casa de dos pisos color blanco y amarillo, Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, teléfono: 0424-695-10-88 y 0416-267-65-48, (José Quintero), por la presunta comisión del delito de delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 4° d.....