declara:
• CON LUGAR la demanda por REVISIÓN DE SENTENCIA por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana MARIA ELENA DELSE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.863.732, domiciliada en el municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio AURELIS MARIA DELGADO MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.384, en contra del ciudadano ALEXANDER GREGORIO CASTELLANOS PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.266.017, domiciliado en el municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia, y a favor del adolescente (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 LOPNNA), de 17 años de edad, en consecuencia, vista la capacidad económica del obligado así como sus cargas, se fija:
• Como pensión de manutención mensual la cantidad de dinero equivalente al treinta y tres por ciento (33%) de lo que devengue mensualmente el obligado de autos por salario, que deberá ser retenida p.....