DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación de Manutención, celebrado por los ciudadanos YULIANI CAROLINA HERNANDEZ JIMENEZ y EDGAR ANTONIO MENDOZA BASTIDA, asistidos, la primera por la Defensora Pública Especializada Décima Sexta Abog. YAZMIN VASQUEZ, y el segundo por el Defensor Público Séptimo Abog. MANUEL PALMAR, en beneficio del niño JUAN MIGUEL MENDOZA HERNANDEZ, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido Convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
• Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas y los originales solicitados previa certificación de los mismos.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maraca.....