Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO propuesta por el ciudadano EDGAR EDUARDO LEAL SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 3.379.076, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana VIVIAN DEL CARMEN MADRIGAL, de nacionalidad estadounidense, mayor de edad, con pasaporte de los Estados Unidos de América No. 044.323.513, del mismo domicilio; con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
• DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos EDGAR LEAL SUÁREZ y VIVIAN DEL CARMEN MADRIGAL, plenamente identificados en actas, el día 30 de diciembre del año 1996 por ante la Jueza Primera de Parroquia de los Munic.....