Por las razones antes expuestas, este JUZGADO QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Entrega Material, en consecuencia, NIEGA LA ENTREGA PLENA a la ciudadana ANA ROSA PALMAR, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.705.733, y con domicilio en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO C-30, AÑO 1976, CLASE CAMIONETA, COLOR BEIGE CHAMPAÑA, SERIAL DE CARROCERIA CCT34FV221029, SERIAL DEL MOTOR 4FV221029, USO: CARGA, AÑO 1976. Publíquese, Regístrese, Notifíquese.