ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2004-001238
PARTE ACTORA: Benito Villalobos
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Lissette Salazar y Januacelli Maria Cordova.
PARTE DEMANDADA: Protección y Seguridad Integarl C.A. (P.S.I.C.A.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Marcos Oquendo Sánchez
MOTIVO: Prestaciones sociales.

En el día de hoy Miércoles, dos (02) de Marzo de 2005, siendo las tres de la tarde (3:00pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma los ciudadanos abogados: Lissette Salazar, Januacelli Maria Córdova y Marcos Oquendo Sánchez, en sus carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, quienes después de las múltiples conversaciones en los actos de prolongación de la audiencia preliminar, donde se oyeron propuestas y alternativas llegaron al siguiente acuerdo: La parte demandada con la representación acreditada en este acto ofrece en cancelarle a la parte actora representado por sus apoderadas judiciales la cantidad de Dos Millones Trescientos Mil Bolívares (Bs. 2.300.000) que comprende el pago de todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo, y la cantidad de Setecientos Mil Bolívares (Bs.700.000) por concepto de honorarios profesionales, para un monto total de tres millones de Bolívares (Bs. 3.000.000), dichos pagos se efectuaran de la siguiente manera: Un primer pago el día Veintinueve (29) de Abril y un segundo pago el día Treinta (30) de Mayo del presente año, ambos pagos se harán por ante la Unidad de Recepción de documento de este Circuito Judicial Laboral, en dinero efectivo. En este estado visto el ofrecimiento hecho por el apoderado judicial de la parte demandada, las apoderadas judiciales del actor manifiestan en este acto estar de acuerdo con el ofrecimiento hecho. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, absteniéndose de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el total cumplimiento de la obligación y en caso de incumplimiento se tendrá como de plazo vencido y dará derecho al actor de solicitar y poner en estado de ejecución forzosa la obligación asumida por el monto acordado, se deja constancia de la devolución de las pruebas consignadas en el acto de inicio de la audiencia preliminar .


El Juez

Abog. Alfredo García

La Secretaria

Abog. Yasmely Borrego
Los Presentes