Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Vigésima Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, BEATRIZ PIRELA, en su carácter de defensora del ciudadano JOSÉ CARMELO VILLALOBOS, ya identificado, contra la decisión N° 0004-08, dictada en fecha 05 de Enero de 2008, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa seguida en contra del ya citado ciudadano JOSÉ CARMELO VILLALOBOS SALCEDO, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, y en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida, haciéndose improcedente tanto la solicitud de libertad plena, c.....