PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano LUIS EMIRO GONZALEZ GONZALEZ, en contra de la sociedad mercantil TUBOS SERVICIOS, S.A., por la presunta violación de los derechos consagrados en las disposiciones constitucionales previstas en los artículos 87, 89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Amparo Constitucional y en consecuencia, ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 01 de febrero de 2000.
TERCERO: SE ORDENA citar mediante Boleta, a la sociedad mercantil TUBOS SERVICIOS, S.A., en la persona de la ciudadana DAYANA OCANTO, en su carácter de Jefa de Relaciones Laborales, domiciliada en Bachaquero, Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, calle Sucre, Taller Texas, al fondo del Terminal de Pasajeros, para que concurra al Tribunal a conocer el día en .....