Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara, en el juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO, seguido por BIENVENIDA DEL CARMEN GONZALEZ, en contra de los ciudadanos FELIPE SANTIAGO HURTADO y FRANCISCO JOSE HURTADO, antes identificados:
1.-) CON LUGAR, la Cuestión Previa referida al ordinal 6º del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, y alegada por la Apoderada Judicial de la Parte Demandada abogada en ejercicio ARABEY CARABALLO, antes identificada.
2.-) En consecuencia, deberá la parte actora proceder conforme a lo establecido en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, cuyo lapso comenzará a discurrir a partir de la publicación de la presente decisión.-
3.-) Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Proc.....