Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, OLIMAR MARIA HERNANDEZ PUCHE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.135.915, domiciliada en el Sector Hermilo Ocando, calle Nro. 1, casa Nro. 2, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y ANRRITER FRANCOLY ALVAREZ FRANCO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.683.359, Funcionario Publico, (Policía Regional de Estado Zulia), domiciliado en la calle Bolívar, casa nro. 8, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, en favor y unció interés de sus h.....