Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos, el primero por el ABG. ADRIAN SEGUNDO VILLALOBOS PERCHE, Fiscal Provisorio Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del estado Zulia; el segundo, propuesto por el ABG. DANGEL AUGUSTO MEDINA GRATEROL, actuando como defensor privado de la ciudadana ANIA BETZABETH MEDINA SILVA, y el tercero, por parte del ABG. LUIS PAZ CAIZEDO, en su condición de defensor privado de los ciudadanos FABIAN ARMANDO FAWCETT CALDERÓN, LUIS CARLOS CARRILLO MELÉNDEZ, GABRIEL EDUARDO OCANTO PERALTA y ANIA BETZABETH MEDINA SILVA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 887-15, dictada en fecha 22 de septiembre de 2015, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judic.....