Por los fundamentos expuesto este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 con vigencia anticipada según Gaceta Oficial Extraordinaria 6.078, Decreto N° 9.042 de fecha 15-06-12 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Fiscal 17° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; en contra de los imputados WILMER MIGUEL PEREZ OJEDA, de nacionalidad Colombiano, natural de Manaure – Cesar, fecha de nacimiento 16/07/1991, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad Colombiana No. 1.126.242.906, hijo de Wilmer Pérez y Osneira Ojeda, domiciliado en: Barrio Reinaldo Amaya, Sector La Musical, Avenida 119A, Manzana 9G,.....