DISPOSITIVA
éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano FRANCISCO ANTONIO BARBOZA SOTO, Venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 7.796.762, de 52 años, fecha de nacimiento 19-01-1958, profesión u oficio pescador, hijo de EDIGARDA SOTO y FILIENTRO BARBOZA, residenciado en el Barrio San Luis, calle 2, diagonal al ambulatorio, teléfono N°(0261) 7152125 y 0414-6095906, Municipio San Francisco del Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑA POR VIA ORAL CONTINUADO, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes, en concordancia con el articulo 99 del Código Penal,.....