Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos ARAITZA COROMOTO SARCOS VIRLA, WILIANIS JOSEFINA, WENDY JOSEFINA y WILVENIS BENITO CUICAS SARCOS, y en especial a la adolescente ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, conforme a su interés superior, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, ciudadano WILLIAM ELIAS CUICAS PEROZO, quien falleció ab-intestato, en fecha 03 de Junio de 2014, en el Municipio Lagunilla del Estado Zulia, según se evidencia de copia certificada del acta de registro civil de defunción Nº 132. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en con.....