Visto el DESISTIMIENTO realizado en fecha diez (10) de diciembre de 2010, suscrito por la abogada en ejercicio HAIDELINA URDANETA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.854.150, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 22.866 y de este domicilio, actuando en nombre y representación de sus propios derechos e intereses, y por la otra parte el abogado OSCAR GONZÁLEZ ADRIANZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.882.788 actuando en representación de los ciudadanos GUSTAVO, NOEMI, GINETTE, GABRIELA GOMEZ MORALES Y ESPERANZA GOMEZ ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.132.918, 10.451.708, 5.794.468, 5.785.749 y 8.716.352, respectivamente, este Juzgado considerando que lo DESISTIDO por la ciudadana HAIDELINA URDANETA no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en conse.....