Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACION fiscal en contra del acusado JUAN CARLOS GARCIA QUERO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, de 31 años de edad, fecha de nacimiento: 18-11-1976, casado, de profesión u Oficio comerciante, Cedula de identidad N° V-13.006.838, hijo de LIGIA QUERO y SANTANA GARCIA, residenciado en el Sector Ma Vieja, avenida 14, calle 22, casa N° 22-B-12, teléfono 0424-6694477, San Francisco, Estado Zulia, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 470 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio del ORDEN PUBLICO y del ciudadano JONHY ALBERTO ZAMBRANO OMAÑA, con fun.....