PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión por DERECHO Y COBRO DEL BENEFICIO ESPECIAL DE JUBILACION siguen los ciudadanos NELIO FERNÁNDEZ, ALBA IBARRA, NERIO BARBOZA, LUISA LUZARDO, NESTOR CASTILLO y CARMEN ANGULO contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV); todos plenamente identificados en las actas procesales. En consecuencia, declara:
PRIMERO: Se reconoce el derecho de beneficio especial de jubilación a los ciudadanos NELIO FERNÁNDEZ, ALBA IBARRA, NERIO BARBOZA, LUISA LUZARDO, NESTOR CASTILLO y CARMEN ANGULO.
SEGUNDO: Se fija como pensión de jubilación para los ciudadanos NELIO FERNÁNDEZ, ALBA IBARRA, NERIO BARBOZA, LUISA LUZARDO, NESTOR CASTILLO y CARMEN ANGULO, las sumas de Bs.99.058,44, Bs.86.816,50, Bs.173.664,4, Bs. 142.386,oo, Bs.103.563,18 y Bs.114.964,2, respectivamente, que deberán ser pagadas por la parte demandada, sociedad mercantil COM.....