este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos LUIS ENRIQUE ROAS SANCHEZ y NOEMI COROMOTO ARTIGAS, por ante el Registro Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 29 de abril del año 2005, acta número 77 del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 2005. En lo concerniente a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Custodia la ejercerá el padre residiendo el niño en el domicilio del progenitor ubicado en la Urbanización la Ribereña, Segunda etapa, terraza 9, parcela 25, casa Nº 9-25, cabudare Munici.....