ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara Con Lugar la solicitud incoada por el abogado en ejercicio AITOB LONGARAY, actuando en defensa del ciudadano encausado ANDY EYERBERTH CAMARILLO, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.436.278, de estado civil soltero, de profesión u oficio Sub Inspector del departamento del DIM, hijo de RINILDA CAMARILLO y ANDY CAMARILOO, residenciado en la calle 02, Sector N° 02, Urbanización Páez, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, y por vía de consecuencia, PRIMERO: fija plazo prudencial de CUARENTA Y CINCO (45) días, a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que concluya la investigación en la causa seguida al tantas veces mencionado ciudadano ANDY EYERBERTH CAMARILLO, por la presunta comisión de los d.....