Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE APRUEBA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO A ESTA DEMANDA, presentado por la parte demandada, ciudadano JACOBO ESTEBAN OLAVES PORTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.842.612, domiciliado en la Carretera H, Sector Barrio Federación II, al lado de la Panadería La Unermb, diagonal a la Urbanización Los Laureles, Parroquia San Benito, Municipio Cabimas del Estado Zulia; en la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por el ciudadano ALEXANDER ANTONIO OLAVES PORTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.733.048, domiciliado en la Avenida Andrés Bello, nú.....