IV
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento, único: absuelve al ciudadano Néstor González Morillo, venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, de 27 años de edad, nacido el 02 de enero de 1977, de estado civil casado, de profesión u oficio militar activo, titular de la cédula de identidad nro. 12.589.539, domiciliado en la Tercera Compañía del Destacamento 76 de la Guardia Nacional, El Yaque, Municipio Díaz, estado Nueva Esparta, en la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 460, del Código Penal. Se decreta la inmediata libertad del acusado Néstor González Morillo, conforme a lo dispuesto en el artículo 366, único aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44.5 de la Constitución Nacional. No hay condenatoria en costas por ser .....