En ese estadio procesal, ocurrió ante este Despacho, la abogada en ejercicio LORENA INES VERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 49.349, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, segundo poder que le fuera conferido ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 19 de marzo de 2015, el cual quedó anotado bajo el N° 32, tomo 30, folios 11 al 113, por los ciudadanos ESMARADA LUISA ATENCIO, KENDRY JAVIER ÁVILA, KENDRY ARTURO ÁVILA, ANA KATIUSKA ÁVILA y KARIOCY CARLE ÁVILA, en su condición de herederos únicos y universales, del ciudadano AVELARDO SEGUNDO ÁVILA, quien falleció según lo señala su acta de defunción el día 20 de agosto de 2013, y declarados como tal según resolución proferida por el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en fecha 27 de octubre de 2014, exponiendo su decisión de desistir de la acción, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera.....