Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto por el profesional del derecho WOOVATER RICHARD PINEDA, Inscrito en el instituto de previsión social bajo el N° 169.857, actuando como defensor del ciudadano DANNIS ALBERTO PACHANO, titular de la cedula de identidad N° V-15.887.293, en contra de la decisión de fecha 16 de febrero de 2018, dictada por el Juzgado Primero Itinerante en Funciones de Control, con competencia en Delitos Económicos y Fronterizos. Se deja constancia que no hubo contestación por parte del Ministerio Público y las partes no promovieron pruebas.
Publíquese y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sal.....