Con Lugar la solicitud de Rectificación de Actas de Registro Civil de Nacimiento intentada por la ciudadana Decireth del Valle Pirela Parra, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-12.513.778, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, a favor de su hija la adolescente (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), actualmente de 16 años de edad, del acta de nacimiento No. 974, del año 2000, del libro original y su respectivo duplicado, que reposa en los archivos del Registro Civil de la parroquia Francisco Eugenio Bustamante, del municipio Maracaibo del estado Zulia, en el sentido de corregir: "Cristóbal Crespo Alcazar, de treinta años de edad, venezolano, soltero, constructor, cedula de identidad Nº V- 6.950.645", siendo lo correcto "Cristóbal Crespo Alcazar, de treinta años de edad, venezolano, soltero, constructor, cedula de identidad Nº V- 24.256.323"..