En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado HENRY JOSÉ VIELMA, venezolana, natural de Maracaibo estado Zulia, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 28/08/78, titular de la cédula de identidad No. V-14.545.892, casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ender Villalobos y Gladis Vielma, residenciado en el Barrio Carmelo Urdaneta, avenida 101, no recuerda el número de la casa, diagonal al Abasto El Sol sale para todos, Municipio Maracaibo Estado Zulia; a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS, Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos NELSON RICARDO SUAREZ MARQUINA, LEONELIS ASNEIDA RUZ BRACHO, JOSÉ LUIS PAREDES AVENDAÑO, HIDALGO JOSÉ PER.....