PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos, interpuesto por la ciudadana LICET REYES, Defensora Pública Vigésima Quinta Penal Ordinario adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de Defensora de las ciudadanas MARYORIS LUCÍA PAZ CHACÍN, titular de la cédula de identidad Nro. 25.855.528 Y YAMILEANYS DEL VALLE PULGAR BELTRÁN, titular de la cédula de identidad Nro. 25.763.909.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 110-2019, de fecha 14 de marzo de 2019, emitida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente.