CONDENA al ciudadano, ahora penado CARLOS LUIS LARRAZABAL ROJO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 14/1/79, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, cédula de identidad , hijo de Olga Roja y Néstor Larrazabal, con domicilio procesal en el Barrio La Pastora, calle 96C, casa N. 96-B15, Municipio Maracaibo Estado Zulia, como AUTOR del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHCIULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, conformidad a lo establecido en el articulo 9, en el primer supuesto de su encabezamiento, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de la ciudadana LEDA ALICIA MARTINEZ CHAVEZ, a sufrir la pena corporal de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, a saber: 1.- La inhabilitación política durante el tiempo de la condena; 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta (1/5) parte del tiemp.....