Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve lo siguiente:
1.-) DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROHIBICIÓN DE INNOVAR: retiros y pagos de las cuentas sólo en moneda extranjera hasta por el monto objeto de la deuda, es decir, Setecientos Veintinueve Mil Novecientos Setenta y Seis Dólares Americanos con Sesenta y Cinco Centavos ($ 729.976,65), pertenecientes a la demandada Sociedad Mercantil SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A., con número de RIF: J-003297810, en las entidades bancarias Banesco, Banco Universal, en la oficina de Centro Cívico Cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia; y en Citibank, N.A., Sucursal Venezuela, cuya oficina se
encuentra ubicada en la Avenida 5 de Julio, Maracaibo, Estado Zulia; para lo cual las cuentas en moneda e.....