ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS PRIMERO: Se Declara CULPABLE al ciudadano CARLOS EDUARDO ROCHA MALAVER, Venezolano, natural de Cumana, estado Sucre, nacido en fecha 19-15-1988, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.899.698, soltero, de profesión u oficio Estudiante Universitario, residenciado en el sector Mundo Nuevo, Calle San Rafael, Quinta Laura, Los Robles, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ord. 9° del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIER, Previsto y Sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y se le CONDENA a cumplir la pena de TRES (03) AÑ.....