Por las razones argumentadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos SIRVELYS JOSEFINA ANDRADE GUDIÑO y RICHARD YOAN SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de cédulas de identidad V-17.152.856 y V- 15.022.115, respectivamente, domiciliado la primera en el sector Mi Esperanza, calle N° 2, casa s/n, Parroquia La Victoria, Municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia y el segundo, en la Urbanización Santa Fé, Calle Santa Fé, casa N° 2, Parroquia Vista Hermosa, Municipio Heres del estado Bolívar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los solicitantes en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 30 de marzo de.....