Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado ANGEL RAMON URDANETA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.863.726, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Barrio San Ramón, detrás del Materno San Francisco, Estado Zulia; la Conmutación del resto de la pena en CONFINAMIENTO, de conformidad lo establecido en el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 20 y 52 del Código Penal, quien deberá residir a partir de la presente fecha en la siguiente dirección: : "SECTOR 19 DE ABRIL CALLE 6, AL LADO DEL ABASTO LA PAJITA FRENTE A LA PADEILLA, SAN CARLOS DEL ZULIA ESTADO ZULIA", , y presentarse mensualmente por ante la Intendencia mas cercana a su domicilio, hasta .....