En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado la apoderada judicial de la parte demandante, abogada MARIBEL LUZARDO, por ante este Juzgado, en fecha 07 de Diciembre de 2009, en el juicio que por REIVINDICACION sigue la ciudadana SILA RUSSO MORILLO en contra del ciudadano RIGOBERTO JOSE MEDINA ROVERO, ya identificados, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
b) Asimismo se ordena devolver los documentos originales solicitados, insertos a los folios 5, 6 y del 13 al 18, ambos inclusive, dejándose certificados en actas. En cuanto a la solicitud de la devolución del documento inserto al folio 25, este Tribunal por cuanto de la revisión hecha a las actas que conforman el presente expediente,.....