en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por el ciudadano Edisson José Salazar Salas, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.486.693, debidamente asistido por la Abogada Josmarth Coromoto Abreu Mancini, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 141.037, en beneficio de su hija, la niña OMITIDO, titular de la cédula de identidad Nº 30.008.663. SEGUNDO: AUTORIZAR al ciudadano Edisson José Salazar Salas, antes identificado, para que en nombre y representación de su hija, la niña OMITIDO, acuda ante la Empresa Eléctrica Socialista Corpoelec; ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) y/o ante cualquier otro organismo, público o privado, y/o entidad bancaria, para gestionar el cobro de las cantidades de dinero que corresponden a la mencionada niña en las acreencias y beneficios, en la.....