Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley en virtud del uso de la figura de admisión de los hechos por parte del adolescente lo condena a cumplir al joven IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA, (arriba plenamente identificado), la sanción de la medida de de la sanción de la medida de MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES Y SUCESIVAMENTE DOS (02) AÑOS DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA de conformidad a los artículos 628 Y 626 todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en perfecta armonía con el artículo 622 ejusdem, de conformidad a los artículos en perfecta armonía con los artículos 538, 543, 544, 546, 548, 574, 583, 620,622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por l.....