Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara De Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad para el ciudadano GUILLERMO ANTONIO MENA QUINTERO, de nacionalidad venezolano, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, de 35 años de edad, Fecha de Nacimiento: 04-05-1971, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Eleazar Antonio Mena y de Ana Quintero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.796.847 y residenciado en el sector El Caracolí, vía al Laberinto, primera calle, casa s/n (rancho), Parroquia El Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de: LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Ar.....