este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana FELICITA DEL CARMEN VILLALOBOS SEGOVIA DE ANDRADE, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° 1.691.486 en su condición de cónyuge y a los ciudadanos ELEAZAR, ELIANA, ELEINE y ELAINE ANDRADE VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 7.892.116, 7.975.551, 10.453.419 Y 9.789.151, todos en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ELEAZAR ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 1.669.425, fallecido abintestato en la Clínica San Lucas de la Parroquia Chiquinquirá Villalobos del Municipio Maracaibo, el día 14 de Julio de 2000, según acta de defunción N° 1189. .....