Por los fundamentos analizados, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley RESUELVE: REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR impuesta en fecha 13 de mayo del año 2013, AL IMPUTADO PEDRO RAFAEL GONZALEZ PATIÑO, Venezolano, de esta ciudad, de 23 años de edad, con fecha de nacimiento 26-02-89, de profesión u oficio vendedor de ropa, titular de la C.I. 19.623.054, hijo de Pedro Manuel González y de Alis Maria Patiño y residenciado en avenida 88 casa 113-40 detrás del Hospital central de Maracaibo del estado Zulia, por la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de RAFAEL RAMON PEREZ, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 237 y 238 ejusdem, y en consecuencia librar ORDEN DE APREHENSIÓN en su contra, y fijar la realización de la AUDIENC.....