Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos ARMANDO ANTONIO RODRÍGUEZ RICO y MINERVA JOSEFINA COLINA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.860.561 y V-7.740.996, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio GEISY GODOY, inscrita el Inpreabogado bajo el número 210.521, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 14 de febrero del año 1981, ante el Registrador Civil de la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia, dejándose expresa constancia que los ciudadanos antes identificados.....