Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio, con fundamento al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia 693-15 de fecha 02 de junio del año dos mil quince (2015), formulada por los ciudadanos: JENNY ANDREINA ARAUJO TORRES y WILLIAMS ALBERTO ZERPAS SEIJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-18.944.942 y V-17.395.793, respectivamente, domiciliados en el Municipio lagunillas del estado Zulia.
DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron los ciudadanos antes mencionados, en fecha ocho (08) de Agosto de 2011, Por ante el Jefe Civil de la Parroquia Venezuela, Municipio Lagunillas del Est.....