DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesta por los ciudadanos JAIRO DE JESÚS FUENMAYOR e YSBELIA RAMONA MEDINA DE FUENMAYOR, venezolanos, mayores de edad, identificados con cédula personal Nos. 2.883.264 y 4.751.614, respectivamente y domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, asistidos por el profesional del derecho y de este domicilio ABRAHAN SUÁREZ MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.070, en contra de la decisión de fecha veintidós (22) de febrero de dos mil doce (2012), emanada del JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la pe.....