Exp. No. 25.492/dm
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 08 de Marzo de 2007
197° y 148°
Visto el Convenimiento celebrado en fecha catorce (14) de Agosto de 2006, entre los ciudadanos LUIS SUEREZ RENDILES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.19.415, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ALBANIA ROSA CHAVEZ, LIBIA MARGARITA RAMIREZ DE CHAVEZ y LINO CHAVEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad No.7.896.724, 7.641.964 y 698.730 respectivamente, por una parte y por la otra el ciudadano RAMON ABRAHAM OVIEDO MONTOYA, abogado en ejercicio, venezolano, titular de la cedula de identidad No.3.769.607 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.59.744, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALVARO LEVI ROJAS SANDIA, venezolano, mayor de edad, casado, médico ¿cirujano, titular de la cedula de identidad No.674.177, domiciliado .....