Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la materia este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA para conocer de la presente causa de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA interpuesta por el ciudadano IBSEN ALEXANDER BARBOZA VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.737.220, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana ADRIANA BEATRIZ ORTEGA MORAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-15.286.504, del mismo domicilio, y en consecuencia;
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA en los TRIBUNALES DE PROTECCIÓN DE LOS.....