ABSUELVE al acusado ORLANDO JOSE BARRIOS VILLEGAS quien así dijo llamarse y ser de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 29 años de edad, con fecha de nacimiento 24-10-1977, soltero, cedula de identidad N° V-13.741.309, de profesión u oficio comerciante, hijo de Norka Villegas y de Orlando Barrios, domiciliado en el sector Pueblo Nuevo, calle 60B, casa Nº 9B-106, en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, por no haberse comprobado la acusación presentada en su contra por la Fiscalia XLVI del Ministerio Publico, como COAUTOR del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previstos y sancionados en los artículos 7° y 9º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y como AUTOR del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277º Código Penal, perpetrado en perjuicio de los ciudadanos Rafael González y Maranyeli León de Arévalo y el Orden Publico, y en consecuencia, se orde.....