este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión intentada, condenándose a la parte demandada al pago de los conceptos y montos reclamados por el demandante, los cuales son discriminados de la siguiente manera:
Ciudadana MARIBEL FARÍAS, quien ingresó en fecha 16-09-2009 y egresó en fecha 15-07-2010, con un salario mensual de Bs. 1.223,89:
Concepto: Art. Nº Días Sueldo Prom. Total a Pagar
Antigüedad e Incidencias 108 45 1.800,87
Intereses Sobre Prestaciones 108 70,98
Vac. Y Bono Vac. Fracc. 225 18,33 40,80 747,93
Utilidades 2009 174 3,75 40,80 152,99
Utilidades Fraccionadas 174 7,50 40,80 305,97
Diferencia de Salarios 2.509,48
Preaviso 611,95
Total 6.200,16
Lo que totaliza un monto de SEIS MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (Bs. 6.200,16) a favor de la extrabajadora ciudadana MARIBEL FARÍ.....