DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO al Penado CARLOS MANUEL ALTAMAR NIETO, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, casado, titular de la cédula identidad N° 9.742.610, hijo de Victor Manuel Altamar y Graciela de Altamar, residenciado en Sabaneta, a tres cuadras del antiguo cine Sabaneta, callejón Miraflores, casa No. 19E-40, Maracaibo Estado Zulia. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 53 del Código Penal en concordancia con el Artículo 479 del Código 0rgánico Procesal Penal.- Asimismo, se le impone que deberá residir en la dirección que señaló al Tribunal, cumplir con la presentación que le fue impuesta hasta que culmine el día 02-11-2006 y después quedará sujeto a la vigilancia de la autoridad por Una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, después de cumpl.....