Por los fundamentos de Hecho y de Derechos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados YONATAN QUINTERO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio locutor, Cédula de Identidad Venezolana N° 18.203.612, hijo de EDDY GOMEZ y ARELEIS QUINTERO, y con residencia en el Barrio Buena Vista, Calle 94, Av 56, diagonal a la cancha deportiva Maracaibo y ALBERTO VERGARA HERNANDEZ de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, Cédula de Identidad N° 17.088.250, hijo de ALBERTO VERGARA y RITA HERNANDEZ, y con residencia en el Barrio Buena Vista, calle 94, Av 56, casa 53-93, Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑO.....