Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
• CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana MARIELA JOSEFINA MARIN BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.120.945, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, para que en representación legal y en beneficio de las niñas (se omite el nombre de conformidad con el articulo 65 de la lopnna), de 10, 08 Y 05 años de edad, reciba en Cheque de Gerencia a nombre del mismo, la cuota parte que le corresponden como beneficiario del causante ALEXIS SEGUNDO GONZALEZ MAVAREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.048.842, todo sin perjuicio del cumplimiento a que hubie.....