En razón de las antes consideraciones de hecho y derecho, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: Primero: ACORDAR la extensión del lapso de presentación de cada quince (15) días, por cada TREINTA (30) DÍAS, a favor del ciudadano NIRZO ALBERTO BOSCAN VILLASMIL, venezolano, natural de La Cañada de Urdaneta, Estado Zulia, nací el 08-08-60, tengo 47 años de edad, soltero, Administrador de una Hacienda, soy titular de la cédula de identidad N° V-7.778.653, soy hijo de Luis Ángel Boscán y de Luisa Rebeca de Boscán, estoy residenciado en Santa Cruz de Zulia, calle 8A, casa N° S/N, al costado del Pozo viejo del INOS ,, Municipio Colón del Estado Zulia, teléfono 0275-4118150, a quien se le sigue proceso por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la niña ho.....