DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: NERIO ENRIQUE VILLALOBOS BERRAZA, plenamente identificado, de la estipuladas en el artículo 256 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal quien se somete bajo la vigilancia de la defensora Privada Dra. YAINA HERNANDEZ, para que asista a la AUDIENCIA PRELIMINAR, la cual se fija para el día 20-10-10 a las 09:15 horas de la mañana, ya que en fecha 23-07-2009, se presento ante este despacho escrito acusatorio en contra del referido ciudadano por ser el presunto autor y responsable del delito de Violencia Psicológica.....